COLOCACION DE REJAS EN CASAS DE BARRIOS PRIVADOS
Es poco
frecuente la colocación de rejas metálicas, en ventanas y frentes de inmuebles
ubicados dentro de barrios privados. Esto ocurre porque las administradoras
vecinales se ocupan de restringir los ingresos generales y los dueños complementan
la seguridad interna de sus propiedades colocando alarmas y dispositivos
electrónicos prácticamente imperceptibles, que no afectan la estética o el
paisajismo del conjunto inmobiliario.
Precisamente,
la gente se resiste a vivir “tras las rejas”, como si fueran presidiarios. Para
mantener un mínimo de calidad de vida, muchas familias eligen mudarse a los
countries residenciales porque ofrecen privacidad y tranquilidad, amenities y
servicios compartidos, bajo ciertas condiciones de seguridad mejorada respecto
de las áreas con libre y pública circulación.
La existencia
de rejas en una casa situada en un barrio cerrado, llama la atención y su
presencia no resulta inocua. Hay que evaluar el caso particular, pero enrejar
aberturas de una vivienda puede indicar que su posición relativa la torna más susceptible
a hechos delictivos, que posee cerramientos perimetrales vulnerables y/o que contiene
muchos bienes de elevado valor económico. En cualquier caso, es un tema que la
pone “en foco”, crea interrogantes y suele provocar depreciación del valor
económico.
Se pueden poner rejas en las viviendas de los barrios
privados, aunque no
sea algo frecuente. La posibilidad generalmente depende de las normativas
internas del barrio y de la aprobación de su Junta de Propietarios, quienes suelen exigir votos afirmativos de una
mayoría antes de autorizar cosas que afectan la visual externa, alteran la
armonía paisajística o contaminan la estética general del entorno barrial.
Procedimiento:
· Inicio de trámite: Se debe presentar una solicitud expresa,
ante la Junta de Propietarios, para
que sea considerada, acompañada de croquis, imágenes ilustrativas, etc.
· Aprobación de propietarios: Para la instalación se requiere la
aprobación mayoritaria de los propietarios, según lo que estipulen las reglamentaciones
del barrio.
· Fundamentación: La respuesta con la decisión final se basará en un
equilibrio entre los motivos de seguridad que impulsan la instalación particular
y el impacto visual que el enrejado tendrá en los vecinos aledaños o la
estética general del barrio.
· Recurso legal: Si la solicitud de instalación resulta rechazada,
un propietario puede impugnar la decisión judicialmente, amparado en superiores
derechos de disposición de propiedad privada. En tal caso, será un juez quien evaluará
la situación de riesgo particular del dueño afectado y los intereses de la
comunidad, determinando el curso a seguir.
Ing. Víctor G.
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